Unidades generan demasiada congestión vehicular, sobre todo en exteriores de mercados.
FUENTE: La Industria | FOTO: Cortesía
Los conductores de vehículos de carga pesada que ingresen a la ciudad fuera de los horarios permitidos serán sancionados por inspectores de transporte y tránsito de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), los que fueron debidamente capacitados para ejecutar las
A través de las ordenanzas N° 09-2018 y 020-2020-MPT, la gerente de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, Jessica Flores, anunció multas para los vehículos de carga pesada que circulen en la ciudad fuera del horario permitido.
La funcionaria explicó que en la Zona 1 (el primer anillo o centro histórico -interior del perímetro de av. España) solo podrán circular vehículos de categoría N1, con capacidad de carga de hasta 3.5 toneladas (camión, furgón, cisterna, tanque o volquete), en el horario de 22:00 horas a 6:00 a.m. del día siguiente.
En la Zona 2 (segundo anillo, al interior del perímetro de av. América Norte, Sur. Oeste y av. La Marina) solo podrán circular en el horario de 22:00 horas a 7:00 a.m. del día siguiente; vehículos de categoría N2 y O3, con capacidad de carga de hasta 7 toneladas. Solo podrán llegar hasta el perímetro de av. España y sin utilizar ésta.
En la Zona 3, que comprende el área urbana, residencial, comercial y agrícola al interior de los límites de distrito de Trujillo, la circulación permitida para vehículos categoría N3 y O4, de capacidad de carga de más de 7 toneladas, solo podrán circular en el horario de 21:00 horas a 8:00 a.m. del día siguiente; dependiendo de la señalización y sección vial accesible.
Esta norma aprueba el cuadro de infracciones y faculta al inspector municipal imponer la infracción PMQ-01 a todos los vehículos de carga pesada que incumplan la ordenanza 09 o circulen en horarios no permitidos; lo mismo que la infracción TM-01, que equivale al 20% de la UIT y para reincidencia el 40%.